“El Círculo de Legisladores y Convencionales Constituyentes de la Provincia de Misiones", creado por Ley IV Nº 20 (Antes Ley Nº 2.545), tiene la finalidad:
a) Colaborar con la labor parlamentaria provincial, interprovincial y/o
nacional, promoviendo, realizando, aportando y presentando proyectos,
estudios y otras gestiones a instancias de sus asociados.
nacional, promoviendo, realizando, aportando y presentando proyectos,
estudios y otras gestiones a instancias de sus asociados.
b) Contribuir a preservar y acrecentar el prestigio de la Institución
Parlamentaria y a estrechar vínculos entre sus miembros.
c) Prestar asesoramiento jurídico, previsional y social a sus miembros.
d) Organizar e implementar acciones destinadas a resguardar y mantener actualizados los documentos que componen el patrimonio histórico de la Legislatura.
e) Desarrollar actividades sociales, culturales y políticas.
f) Establecer relaciones con asociaciones similares de las Provincias, la
Nación y el Extranjero.
g) Difundir su labor y la de sus miembros.
h) Tomar las medidas y realizar las gestiones que resulten necesarias
para hacer realidad los fines previstos en la Ley IV Nº 20 (Antes Ley Nº
2.545).” (Artículo 1°,Ley IV N° 2.544)
Construcción de Isotipo:
El desarrollo de la presente marca surge de la recuperación de elementos del escudo de Misiones, tomando al amanecer como significado de fortaleza y vitalidad, acompañado del río, ya que la provincia se encuentra abrazada por los Ríos Iguazú, Paraná y Uruguay, cargándole al isotipo con el significado de prosperidad y renovación.
Por otro lado, todos los trazos se encuentran conectados, buscando darle una forma sólida y equilibrada, enmarcada con tres círculos externos, los cuales representan las tres franjas de la bandera provincial; por último, se puede observar que los círculos se visualizan como dos semicírculos separados, unidos en sus costados por la “Ley IV Nº
20”, resaltando el concepto de que la fortaleza y vitalidad, forjan mediante
esta ley.
Por otro lado, todos los trazos se encuentran conectados, buscando darle una forma sólida y equilibrada, enmarcada con tres círculos externos, los cuales representan las tres franjas de la bandera provincial; por último, se puede observar que los círculos se visualizan como dos semicírculos separados, unidos en sus costados por la “Ley IV Nº
20”, resaltando el concepto de que la fortaleza y vitalidad, forjan mediante
esta ley.
Colores:
Variaciones de marca:
Aplicaciones: